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Baja el IVA del pan integral al 4%: la nueva norma será más estricta con el etiquetado
· ¿Repercutirá esta bajada del IVA en el precio final que paga el consumidor?
· Falta conocer cómo se controlará el cumplimiento de la nueva norma del pan
· ¿Cómo debe ser el pan integral? ¿Y el artesano? ¿Y el de leña o con masa madre?
Este lunes 1 de julio entraba en vigor la nueva norma de calidad del pan que baja el IVA a algunos tipos de panes y pretende garantizar a los consumidores la adquisición de productos de calidad perfectamente etiquetados. ¿Sabía que hasta ahora el pan normal se gravaba con un 4% de IVA mientras que el integral se sometía a un tipo del 10%?
Ahora surgen dudas como… ¿bajará el precio del pan que paga el consumidor final con esta bajada de IVA al 4%? ¿Qué mecanismos de vigilancia se pondrán en marcha para asegurarse de que la nueva norma se cumple? ¿Acabará esta legislación más estricta con el etiquetado con el fraude en la publicidad del pan? ¿Fomentará una alimentación más saludable?
¿Y si reducimos el IVA de los alimentos saludables en vez de gravar los menos recomendables?
Con esta nueva norma el Gobierno pretende apostar por la fiscalidad positiva y fomentar el consumo de alimentos más saludables. Dicha ley ajusta los precios del pan y permite aplicar un IVA del 4% a otros tipos de panes que antes no entraban en la definición de ‘pan común’, panes más beneficiosos para la salud, como los panes integrales, los de cereales distintos al trigo y los elaborados con salvado, que hasta ahora soportaban una tributación del 10%. Se imponen además requisitos más estrictos para considerar un ‘pan integral’, se concreta la definición de ‘masa madre’, de ‘pan artesano’, ‘pan de leña’ y se limita la cantidad de sal en la denominación de ‘pan común’.
¿De dónde sale esta norma? ¿Qué dice?
Fue aprobada en Consejo de Ministros, mediante Real Decreto (308/2019) el pasado mes de abril y publicada en el BOE nº 113, de 11 de mayo de 2019. Esta disposición está en vigor desde el 1 de julio, excepto en lo relativo al porcentaje máximo de sal para el pan común, que no se aplicará hasta el 1 de abril de 2022. ¿Cuáles son las principales novedades de la norma?
Se amplían de manera significativa los productos que se consideran ‘pan común’ y que tienen un IVA superreducido del 4% desde este lunes. En esta categoría entran los panes elaborados con harina o harina integral de cereales, incluso los que incorporen en su composición salvado de cereales, el pan integral o «de grano entero» y el pan elaborado con harinas de cereales
Solo se puede denominar «pan 100% integral» o «pan integral» o «pan de grano entero» los panes elaborados con harina exclusivamente integral. La denominación se completará con el nombre del cereal o cereales de los que procedan la harina o las harinas utilizadas.
«Elaborado con masa madre». Los panes elaborados mediante la incorporación de masa madre en una proporción igual o superior al 5% del peso total de la harina de la masa final y sin la adición de aditivos, podrán indicar la mención «elaborado con masa madre», siempre que se cumplan unas determinadas condiciones.
Se define la masa madre de cultivo como la masa activa compuesta por harina de trigo u otro cereal, o mezclas de ellas, y agua, con o sin adición de sal, sometida a una fermentación espontánea acidificante cuya función es asegurar la fermentación de la masa de pan. La masa madre contiene una microflora acidificante constituida esencialmente por bacterias lácticas y levaduras salvajes.
Se considera «pan artesano» solo cuando el producto cumpla unas determinadas características y en el proceso de elaboración prime el factor humano sobre el mecánico. Se debe elaborar bajo la dirección de un maestro panadero o artesano con experiencia o conocimientos demostrables.
La mención «pan de leña» o «pan de horno de leña» solo podrá utilizarse para los panes cocidos íntegramente en un horno que utilice como combustible la leña.
El contenido máximo de sal permitido en el ‘pan común’, como producto acabado, debe ser de 1,31 gramos por 100 gramos de pan (13, 1 g de sal por kilogramo de pan o el correspondiente 0,52 g de sodio por 100 g de pan) si se analiza mediante determinación de cloruros o de 1,66 gramos de sal por 100 gramos de pan (16,6 g de sal por kilogramo de pan o el correspondiente 0,66 g de sodio por 100 g de pan), si se analiza mediante determinación de sodio total.
Esta limitación solo afecta al pan común (no al especial) y entrará en vigor a partir del 1 de abril de 2022, tal como establece la disposición transitoria segunda de esta disposición. A partir de esa fecha, los panes comunes que sobrepasen ese contenido máximo de sal, deberán considerarse panes especiales y ya no podrán tributar por el IVA superreducido al 4%.
¿Repercutirá esta bajada de IVA en el precio de venta al público?
Pues esta es una demanda que ha hecho Izquierda Unida (IU) al Gobierno. Pide que ya que baja en IVA de algunos panes, del 10% al 4%, que esto se traslade de forma efectiva al precio final que pagamos por este alimento los consumidores.
Con este objetivo la diputada de IU Eva García Sempere ha registrado en el Congreso una batería de preguntas dirigida al Gobierno en las que pide al Ejecutivo del PSOE que «explique con claridad qué mecanismos establecerá para asegurar que la reducción del IVA se traslada realmente al precio de estos alimentos saludables, beneficiando así a los consumidores».
¿Evitará esta nueva norma del pan los fraudes en la publicidad?
Este es otro de los objetivos que tiene la nueva legislación para el pan: que no se pueda vender como ‘pan integral’o ‘masa madre’ algo que no cumple los requisitos mínimos y por tanto no lo es.
Se pretende controlar y eliminar fraudes en la elaboración, distribución y posterior venta de los diversos tipos de pan. Pero para ello hay que saber qué medidas de control se van a establecer para asegurar el cumplimiento de esta nueva norma de calidad que se muestra positiva.
El consumo de pan en España, en mínimos históricos
Según datos del informe del consumo alimentario en España en 2018, la compra de pan en nuestro país se redujo un 2%, cayendo hasta mínimos históricos, con un precio medio de 2,40 euros el kilo, lo que también supone una ligera caída del 0,2% respecto al 2017.
Estos retrocesos han hecho que el valor del mercado del pan disminuya un 2,2%. Las categorías del pan se dividen en pan fresco integral, normal y sin sal; y pan industrial fresco y seco. El pan fresco normal es el más consumido por los españoles con un 23,89% del consumo total; y el pan fresco sin sal el menos consumido con un 0,01% del consumo.
Los hogares dedican a la compra del pan el 5,09% de su gasto en alimentación y bebidas para el hogar, lo que supone un gasto medio por persona y año de 76,38 euros, un 2,2% menos que en 2017. El consumo per cápita de pan en 2018 fue de 31,87 kilos por persona al año, lo que se traduce en una bajada del 2%, según el informe.
Al margen de los resultados negativos, el consumo per cápita del pan industrial se incrementa tanto en la categoría de fresco (+1,5%) como en la de seco (+2,3%).
El principal canal de compra es el supermercado, donde se compra el 38,9% de los kilos, muy seguido de la tienda tradicional, en la que se adquiere un 36%, a pesar de una contracción del 5,8% del volumen. Las tiendas de descuento suponen el 12,8% del volumen, incrementándolo en un 6,7%.
El precio más asequible para comprar pan fue en las tiendas de descuento, en las que el kilo de pan costó 2,12 euros, un 11,3% por debajo de la media a nivel nacional. El más caro es el del hipermercado y la tienda tradicional con un precio de 2,68 euros el kilo.
Los gallegos son los que más pan consumieron el año pasado en toda la península superando la media en un 30%. Otras regiones con el consumo per cápita superior a la media son el País Vasco, Asturias, Castilla y León, Andalucía y Navarra. Yolanda García. El Economista.1/07/2019 –
El pan vive una segunda juventud a partir de hoy gracias a una nueva norma de calidad
·El pan sigue siendo el símbolo por antonomasia de la alimentación pero su consumo ha bajado un 50% en los últimos veinte años; desde hoy vivirá una segunda juventud con una nueva norma de calidad que se ha amasado para dar respuesta a cerealistas, productores y consumidores.
La normativa actualizará la vigente, de 1984, y su primer efecto es que habrá más diversidad de panes por los que se paga el IVA superreducido (4%), ya que amplía la definición de «pan común» e incluye productos elaborados con harinas distintas a la de trigo.
Así, ya son panes comunes los elaborados con harinas integrales, o salvados, o los que tienen bajo contenido en sal, y que antes se gravaban con un 10% de IVA.
Se ha limitado la cantidad de sal que debe tener el pan común -1,31 gramos por cada 100-, lo que adelanta lo que será una obligación a partir de 2022.
El consumidor tendrá, además, más seguridad sobre lo que adquiere, y por ejemplo, para que un pan se pueda llamar integral, tiene que tener el 100% de las harinas con las que se ha elaborado de variedad integrales; si es sólo un porcentaje, habrá que indicarlo.
En la misma línea, para poder denominarse «multicereal» o «de masa madre» tienen que cumplir estrictamente con los requisitos de una norma que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado del pasado 11 de mayo, fecha desde la que los productores de pan, fundamentalmente los industriales, han trabajado para adaptarse.
¿Qué es el pan de masa madre?
Y es que esta norma de calidad que ha visto la luz tiene cambios sustanciales respecto a su primer borrador, y no ha suscitado unanimidad en el sector del pan industrial, muchas de cuyas enseñas se han visto obligadas a reformular recetas o dejar de usar determinadas denominaciones comerciales.
Es decir, más cambios en el lineal, en el que sin embargo podrán convivir con los productos elaborados antes de esta fecha, que «podrán comercializarse hasta que se agoten las existencias».
Desde las panaderías artesanas se muestran menos críticos, y como explica a Efeagro Begoña San Pedro, del establecimiento Migaña, los clientes no notarán cambios en las formulaciones, pues «esta norma se nos queda corta».
A su juicio, el primer boceto de esta norma estaba «muy dirigido» a ayudar al pan industrial» y, con la de ahora, «se han mejorado cosas, pero falta mucho más». La valora en «un 5».
De momento, el consumo de panes industriales, tanto en frescos como secos, ha experimentado crecimientos en valor del 3,6 y el 4,5% en 2018; mientras, el pan fresco integral cayó un 21,7%, el fresco normal un 2% y el fresco sin sal un 11,2%.
En general, el consumo per cápita de pan en España ha descendido dramáticamente en los últimos veinte años: de los 57 kilos que se ingerían en 1998 a los 31,8 de 2018.
Y, aunque esté muy presente en la vida y en la cesta de la compra, el presupuesto anual que se dedica a pan es apenas una migaja del presupuesto en alimentos: 21 céntimos al día. Expansión. 30 jun. 2019 –
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