.Alimentación y Nutrición
La nueva ley de consumo
La nueva Ley de Consumo pone fin a conceptos como verde o sostenible
- Por BEATRIZ TRECEÑO, publicado en Expansión el . 30 OCT. 2024 – 01:22
Los productos de alimentación, cosmética o higiene no podrán identificarse con mensajes medioambientales genéricos. Palabras como BIO o ECO deberán acreditarse para evitar sanciones.
BIO, ECO, sostenible, verde, ecológico… Estos conceptos que hoy vemos en cajas de galletas, en una crema hidratante o en el detergente para la ropa tendrán que estar justificados minuciosamente para demostrar que es verdad aquello que dicen en sus etiquetas. La nueva Ley de Consumo Sostenible que ultima el Gobierno, y que podría estar lista en los próximos meses, será la primera de nuestro país centrada exclusivamente en fomentar el consumo sostenible.
El plan es, por un lado, luchar contra el ecoblanqueo o greenwashing, es decir, contra aquellas técnicas de comunicación engañosas o alegaciones medioambientales que no tienen respaldo científico y que son usadas por algunas empresas para publicitar sus marcas como sostenibles. Y, en segundo lugar, esta norma quiere potenciar la reparabilidad, con el derecho de reparación como principio básico, de manera que, siempre que sea posible, se opte por reparar un producto cuando se estropee. Es decir, en contra de la idea actual de que resulta mejor comprar un producto nuevo, por ejemplo, un aparato electrónico, que repararlo.
Qué cambios trae
El Gobierno está trabajando en el borrador del Anteproyecto de Ley de Consumo Sostenible, cuya tramitación se inició el 15 de marzo, y será sometido al trámite de Audiencia Pública previsiblemente antes de que termine el año. En cambio, aún se desconocían cuestiones, por ejemplo, cómo repercutirá a las empresas, el régimen sancionador o qué beneficios tendrá para los consumidores.
Como explican desde la dirección general de Consumo a EXPANSIÓN, «se prohibirán alegaciones medioambientales genéricas, como verde o sostenible».
Sí se podrán introducir en las comunicaciones comerciales alegaciones medioambientales sobre cualquier tipo de producto o servicio, siempre que sean veraces y se certifiquen. De hecho, la utilización de alusiones medioambientales que no cumplan los criterios marcados será considerada como una práctica comercial desleal con los consumidores, de manera que estarán sometidas al mismo régimen de inspección y sanción que cualquier publicidad desleal. De acuerdo con la Ley General de Publicidad y la de Competencia Desleal, el delito de publicidad engañosa está castigado con la pena de prisión de 6 meses a 1 año o multa de 12 a 24 meses.
En cuanto a la segunda cuestión que centrará la nueva norma, la reparabilidad, por un lado, se impulsará un índice de reparabilidad que permitirá al consumidor comparar las características de circularidad de los productos, que podrá consultar en el propio etiquetado. Además, se fomentará la reparación de un producto cuando se estropee durante su garantía, e incluso posteriormente.
Índice de reparabilidad
Pero, ¿a quién le corresponderá definir ese índice? Como explican desde la dirección general de Consumo, será un próximo reglamento europeo el que introducirá a nivel de la Unión el índice de reparabilidad (reparability score). Se sabe que el formato, el contenido y la presentación de dicho índice de reparabilidad y durabilidad incluirá un lenguaje y pictogramas de fácil comprensión. Asimismo, la puntuación de reparabilidad estará basada en una metodología armonizada específica para el producto o grupo de productos. En una única puntuación se valorarán parámetros como la disponibilidad de piezas de recambio, el precio de esas piezas, la facilidad de desmontaje y la disponibilidad de herramientas.
En lo que se refiere al derecho a reparar también estará armonizado a nivel de la Unión Europea, permitiendo que, ante una falta de conformidad del producto, el cliente siempre tenga derecho a solicitar su reparación o sustitución, incentivándose que se opte por la reparación. Por ejemplo, aumentando en un año el plazo de garantía del producto si se repara en lugar de sustituirlo por uno nuevo.
¿Un coste extra para las empresas?
La patronal del gran consumo, Aecoc, valora positivamente que exista un marco común para todas las empresas que utilizan este tipo de alegaciones medioambientales en sus etiquetas y mensajes comerciales «porque repercute de forma positiva en el consumidor final». Sin embargo, apuntan, «también implicará inversiones importantes para las empresas que utilizan este tipo de alegaciones ambientales, como pueden ser certificaciones de terceros que estén debidamente reconocidas, además de poder incurrir en mayores riesgos en el caso de que haya alguna inspección».
Los pioneros en la categoría BIO
Carrefour fue una de las primeras marcas en lanzar productos BIO en el mercado español. Lanzó leche y aceite BIO con su marca propia en 2002, lo que fue un hito en el sector porque aún no había productos ecológicos de marca propia. En la actualidad ofrece más de 2.000 referencias de productos BIO, incluyendo su marca propia (Carrefour BIO) y marcas de fabricante, el mayor surtido BIO de la distribución.
Lidl es otro de los grandes distribuidores que más apuestan por este tipo de categorías, en concreto, suma 120 artículos con la denominación BIO.
Crecen las marcas de origen sostenible
Garden Gourmet (Nestlé), Better Balance, Heura Foods… En estos últimos años han surgido múltiples marcas enfocadas en la protección del medio ambiente. Marc Coloma, activista, CEO y cofundador de Heura Foods, celebra esta futura norma, no obstante, cree que no sólo se deberían aumentar los requisitos de certificación, «ya que esto suele contribuir al greenwashing, a la mentalidad de pasar el examen y a seguir trasladando la responsabilidad al consumidor». El debate debería centrarse, asegura, «en transformar los métodos de producción para crear sistemas de impacto positivo»
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