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La nueva ley para prevenir el consumo de alcohol en menores
Ley del alcohol: qué tiene de buena y en qué se queda corta una norma que nos afecta a todos
Los límites a la publicidad y la prohibición del consumo en menores son puntos positivos del nuevo proyecto de ley, pero pervive la falacia del “consumo responsable” y no se imponen advertencias claras en el etiquetado
Por Juan Revenga, El Comidista 13 MAR 2025 – 05:00 CET
El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes un proyecto de ley para reducir, o idealmente evitar, el acceso de los menores al consumo de bebidas alcohólicas; y también propone medidas que llegarían a toda la ciudadanía. Algunos de sus aciertos incluyen el control y veto publicitario, tanto de los licores desalcoholizados como de supuestos efectos positivos del alcohol –con grandes multas en caso de incumplimiento, toda una novedad–, la unificación nacional de una normativa antes dispersa o la prohibición total del consumo en menores de 18 años (con una propuesta educativa asociada, aunque de momento sin presupuesto destinado).
Por otro lado, se ha dejado escapar la oportunidad de eliminar el erróneo “consumo responsable o moderado”, añadir datos y advertencias al etiquetado que podrían desincentivarlo y alinear los impuestos del alcohol con la media europea, aumentándolos según su graduación. Veamos, punto por punto, en qué avanzamos y dónde queda aún mucho por hacer.
Vetos a la publicidad, sanciones y otros cambios que no solo afectan al consumo juvenil
El primer punto destacado es la estandarización de las sanciones en leves, graves y muy graves, con importes elevados para que a las marcas y medios que los publicitan no les compense infringirla, aún sabiendo que si les pillan tendrán que pagar la multa: las sanciones son, por fin, serias. Además, la potestad sancionadora corresponde a las administraciones públicas competentes: es decir, la pantomima de Autocontrol –que tantas veces ha servido para dejar estas iniciativas en agua de borrajas– ni está ni se le espera: buenas noticias.
También se prohíbe cualquier forma directa, indirecta o encubierta de publicidad dirigida a personas menores de edad de productos que simulen ser una bebida alcohólica, incluyendo su nombre comercial, símbolos o marcas de las personas o empresas productoras. Esto va alineado con la conocida como ley antitabaco, que prohíbe la venta o entrega a menores no solo de sus productos, sino también de los que los imiten e induzcan a fumar. La intención es poner freno al conocido como “0,0 washing”: las normas publicitarias para los licores light, sin alcohol o desalcoholizados; que al final no dejan de publicitar una marca con su logotipo, que es exactamente el mismo, o utilizan la cerveza sin alcohol para vender más de la otra, como contamos en este artículo, serán las mismas que para las bebidas alcohólicas. Otro buen dato.
Tampoco podrán vincular su consumo con la mejora del rendimiento físico o la conducción; el éxito social, deportivo, familiar o sexual –seguramente uno de los mayores goles publicitarios que nos ha colado esta industria; especialmente a los hombres– ni sus propiedades terapéuticas, efecto estimulante y sedante o beneficios para la salud (sí, aunque suene raro, esto se hace). Quedará por ver si el veto a este tipo de vínculos afectará también a los habituales mensajes entusiastas en redes sociales sobre el consumo de bebidas alcohólicas.
Seguirá habiendo recomendaciones de “consumo moderado o responsable”: un error
Esta es una falacia realmente peligrosa, y seguramente mantenerla el mayor error de esta ley: me parece el golpe más bajo y traicionero que se le puede dar a los consumidores, especialmente si su capacidad de entendimiento está limitada (como en el caso de los menores). Lo más doloroso ha sido contrastar que el borrador incluía la prohibición de apelar en la publicidad a expresiones como “consumo responsable o moderado”; pero esta medida no ha trascendido al documento aprobado.
Pregunten en su entorno, pregunten a profesionales sanitarios; pregúntenme a mí, si quieren, qué es el consumo responsable o moderado de lo que sea. Obtendrán, es probable, tantas respuestas diferentes como personas formen parte de su encuesta: ni Dios sabe concretar qué es esa clase de consumo. Por no hablar de la entelequia implícita en apelar al consumo responsable de una sustancia que tiene un destacado carácter adictivo. Las enmiendas de la industria a este respecto han prosperado al poder argumentar que la coletilla de lo responsable y de lo moderado viene de arriba, por la normativa europea. Y es cierto, pero también injusto.
Ausencias destacadas
No seré yo quien ponga palos en las ruedas a una normativa que por fin avanza en la dirección adecuada. No obstante, no me puedo callar algunas cuestiones que o bien me ofrecen ciertas dudas, o directamente me parecen una oportunidad perdida:
- El proyecto de ley habla de intervenciones en distintos ámbitos. Concretamente, de la implementación de diversos contenidos, programas y protocolos en los ámbitos de la educación –primaria, secundaria, formación profesional, bachillerato y planes de estudios universitarios y de formación del profesorado– de las familias y de la sanidad respectivamente. Sin embargo, el propio borrador indica que “las medidas incluidas en esta norma se atenderán con las dotaciones presupuestarias ordinarias y no podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal”. Entonces, ¿cómo se pretende generar, cuando menos, los nuevos contenidos educativos, los programas de atención familiar y los protocolos sanitarios? Si todos los profesionales existentes, y ninguno más, van a tener que implementar estas cuestiones ¿tendrán que desatender otras labores propias de su puesto?
- El etiquetado, en mi opinión, se ha ido de rositas. De hecho, la normativa solo se refiere al mismo para decir que deberá incluir el grado alcohólico. Este es un grave problema, ya que esta información supone la última línea de defensa de los consumidores a la hora de conocer el verdadero impacto de estos productos. Ni lista de ingredientes ni menciones a las infracciones relacionadas con la ausencia de las advertencias hoy obligatorias. Además, tal y como se ha puesto de relieve de forma reciente en un estudio, las infracciones en el etiquetado de las bebidas alcohólicas son bastante habituales.
- Los impuestos vuelven a ser el gran ausente. Pocas medidas hay que desincentiven más el consumo –de lo que sea– que el incremento de su precio. Sin embargo, España sigue siendo uno de los países de su entorno en el que comprar alcohol es más económico.
Una lectura apresurada del último borrador del proyecto de ley antes de su aprobación podría dar la impresión de que el texto hace pocas aportaciones, pero no es así. Hay contribuciones muy positivas, entre las que destacaría:
- Unificar en el ámbito nacional una normativa más o menos dispersa y no coincidente en muchas comunidades autónomas. Lo más significativo, quizá, prohibir el consumo de bebidas alcohólicas a los menores de 18 años. No me refiero a la venta –eso ya estaba prohibido en todas las CCAA–, me refiero al consumo.
- La posibilidad de que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad realicen pruebas de alcoholemia a menores en lugares y circunstancias específicas donde el consumo de alcohol esté prohibido. Aquí se genera una duda: si el consumo está prohibido en sí mismo (punto anterior) ¿qué necesidad hay de aclarar de que las pruebas de alcoholemia se realizarán en lugares y circunstancias específicas?
Los sociedades científicas y sanitarias tienen mucho que decir
La labor desinteresada y profesional de muchos sanitarios también da sus frutos. Esa es la perspectiva del médico de familia Rodrigo Córdoba, profesor en la Facultad de Medicina de la Universidad de Zaragoza, quien coordina desde la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria una Alianza de sociedades científicas por la prevención del consumo de alcohol. En este momento se encuentran en proceso de redactar un decálogo, con el fin de remitirlo a la Comisión de Sanidad del Congreso y las correspondientes comisiones de salud de las CCAA, la prensa y a todos los sectores implicados. En este sentido el Dr. Córdoba manifiesta que el decálogo contempla, entre otras, las siguientes recomendaciones:
- Alinear los impuestos del alcohol con la media europea. Estos gravámenes deberían tener dos componentes, uno lineal para todas las bebidas con alcohol (precio mínimo unitario) y otro proporcional al grado alcohólico.
- Regular de forma más estricta la publicidad, persiguiendo y sancionando las infracciones; que no son pocas.
- Mejorar el etiquetado de las bebidas alcohólicas, de forma que incluyan el valor energético, el riesgo que supone su consumo en menores y mujeres embarazadas, durante la conducción o el manejo de maquinaria, así como otros riesgos para la salud (concretamente en la prevalencia del cáncer).
- Poner el acento en el mensaje de que no hay un consumo seguro de alcohol y que, aunque el consumo cero quizá no es viable para el conjunto de la sociedad, esta debe tener claro el mensaje de que cuanto menos mejor.
¿Por qué es necesaria la intervención de papá Estado y mamá Administración?
La necesidad de legislar sobre todas estas cuestiones es fácil de defender desde la perspectiva de la salud pública. Los riesgos que se asumen son innegables, máxime cuando los consumidores tienen acceso legal al alcohol, una sustancia que además de tener un fuerte carácter adictivo tiene contrastados efectos negativos para la salud. No por casualidad la OMS señaló el consumo de bebidas alcohólicas como una de las tres prioridades en materia de salud pública, tanto en el panorama mundial como en el europeo. Por eso los objetivos generales de la norma provienen de las recomendaciones de la ponencia Menores sin alcohol de la Comisión Mixta Congreso-Senado para el Estudio del Problema de las Drogas. El consumo de bebidas alcohólicas es un problema de especial relevancia en la Unión Europea. En esta ocasión el dato también mata al relato: la vieja Europa de los 27 tiene la mayor proporción de bebedores del mundo, además, el consumo de alcohol per cápita es el más alto. Todo esto no puede salir gratis, de forma que también vivimos en una de las regiones del mundo con un mayor nivel de daños sobre la salud relacionados con el alcohol.
Es la causa de casi un millón de muertes al año, responsable de una de cada cuatro muertes en el grupo de edad de 20 a 24 años –con un importante impacto en las tendencias demográficas–, siendo también una de las principales razones que conducen a la pérdida de años de vida laboral. Además del impacto de las muertes y de las enfermedades que ocasiona de forma directa sobre los usuarios, el consumo de bebidas alcohólicas implica un importante menoscabo en la salud y seguridad de terceras personas (los no consumidores) en el desarrollo económico y la productividad en Europa.
Algunos datos sobre el consumo nacional de alcohol
En este contexto, el uso de las bebidas alcohólicas en España tiene ciertos patrones característicos:
- En cuanto al consumo per cápita ocupamos el quinto puesto, de veintisiete, empatados con Irlanda. Nos ganan la República Checa, Letonia, Lituania y Alemania.
- El país donde más población bebe a diario es Portugal (lo hace el 20,7%), el segundo es España (13,0%) y el tercero Italia (12,1%). Curiosamente los dos países en los que menos población bebe a diario son Lituania y Letonia.
- Resulta también llamativo que dos de los países en los que más población bebe a diario (España e Italia) son también países que ocupan puestos muy bajos en la prevalencia de personas que beben alcohol de forma masiva al menos una vez al mes, con un 6% y un 4% respectivamente. Para que nos hagamos una idea, estas cifras alcanzan el 21% en Francia, 30% en Alemania, 35% en Rumanía y el 38% en Dinamarca. Nota: se recomienda encarecidamente ver la película danesa Otra ronda.
- En España se observa la segunda mayor brecha de género: un 20,2% de los hombres bebe a diario, frente al 6,1% de las mujeres (en Portugal, es 33,4% frente a 9,4% respectivamente). Es la primera vez que no sé si esto es bueno o malo.
La regulación de todas estas cuestiones, de la publicidad, el acceso y el consumo de bebidas alcohólicas es una de las principales amenazas para los sectores económicos implicados: la industria del vino, de la cerveza, de las bebidas espirituosas, de la hostelería y del turismo. Es probable que la defensa de estos intereses haya influido en el fracaso de las cuatro iniciativas para regular este mercado que han tenido lugar en el último cuarto de siglo; como contamos en este artículo. El sector no puede o no debería pretender aumentar sus ingresos a cualquier precio, a costa de la salud de los ciudadanos: por eso es necesario legislar.
El Gobierno aprueba la ley para prevenir el consumo de alcohol en menores
Publicado en Valencia Plaza : 11/03/2025 ·
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de Ley de prevención del consumo de bebida alcohólicas y sus efectos en los menores de edad, un texto que recoge, entre otras medidas, que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad puedan realizar pruebas de alcoholemia a menores y mayores de edad en lugares y circunstancias específicas donde el consumo de alcohol esté prohibido, como colegios e institutos.
De este modo, los agentes de Policía y Guardia Civil realizarán pruebas no invasivas como el etilómetro y podrán ser repetidas a petición de la persona afectada. En cuanto a las sanciones, la multa impuesta a los menores de edad por la comisión de la infracción leve relacionada con el consumo de alcohol podrá ser suspendida a cambio de la participación en programas preventivos de sensibilización y concienciación o rehabilitadores en función de cada caso.
Esta es una de las medidas de este proyecto que fue presentado el 30 de julio al Consejo de Ministros, elevado a audiencia e información pública en agosto y que ahora es aprobado por el Consejo. El texto, que ahora seguirá su trámite parlamentario, surge de las recomendaciones de la Ponencia ‘Menores sin alcohol’ de la Comisión Mixta Congreso-Senado para el Estudio del Problema de las Drogas y que tiene como objetivo prevenir el consumo de alcohol, retrasar la edad de inicio y reducir los episodios de consumo intensivo en este grupo vulnerable.
«Esta es una ley pionera que armoniza todas las leyes que teníamos a lo largo de nuestro territorio, leyes de las comunidades o leyes incluso municipales que abordaban este problema. Armoniza todas las medidas que ya estaban en marcha y añade unas medidas nuevas», ha señalado la ministra de Sanidad, Mónica García, durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Asimismo, el proyecto de Ley prohíbe el consumo de alcohol para todas las personas en centros de educación infantil, primaria, secundaria, bachillerato, formación profesional y enseñanzas elementales artísticas, aunque sí que estará permitido el alcohol en universidades. Tampoco se podrá beber en centros de protección de menores y residencias de estudiantes que admitan a personas menores de edad.
El alcohol también estará prohibido en centros deportivos, de ocio o espacios dedicados a espectáculos públicos cuando haya sesiones que se hayan concebido específicamente para personas menores de edad.
«No existe una cantidad segura de alcohol de cualquier tipo que no implique un impacto negativo en la salud. Tenemos que desterrar de nuestro imaginario esa idea arraigada y anticientífica que dice que puede haber algunos beneficios en la salud con el consumo moderado», ha afirmado García.
Prohibida la publicidad a menos de 150 metros de centros educativos
El texto recoge la prohibición del emplazamiento de publicidad de bebidas alcohólicas en la vía pública en un radio de 150 metros de centros educativos, centros sanitarios, de servicios sociales y sociosanitarios y de parques y lugares de ocio infantil.
Esta medida entrará en vigor un año después de la publicación de la ley, sin afectar a aquellas situaciones ya existentes antes de ese momento. «Cabe decir que las bebidas fermentadas que tengan menos de un 0,5% de alcohol estarán permitidas», ha indicado García.
Además, se prohíbe cualquier forma directa, indirecta o encubierta de publicidad de bebidas alcohólicas o productos que simulen ser una bebida alcohólica incluyendo el nombre comercial, la denominación social, símbolos o marcas comerciales de las personas o empresas productoras de dichas bebidas, dirigida a personas menores de edad.
Tampoco se podrá usar en la publicidad la imagen o la voz de personas con menos de 21 años; personas mayores de edad cuando se presenten caracterizadas o disfrazadas de personas menores de edad; personas o personajes, reales o de ficción, cuya relevancia pública o su popularidad estén vinculadas con la población menor de edad, mujeres en estado de gestación, aunque hayan prestado su consentimiento, o la imagen de un feto.
Al ser preguntada por si Sanidad se ha reunido con representantes del sector para consensuar la ley, García ha asegurado que han mantenido encuentros «con todo el mundo», aunque ha señalado que la ley se ha hecho «con un eje fundamental», que es «la protección de los entornos de los menores y de los adolescentes».
Limitación de apertura de nuevos establecimientos
Así, el proyecto de Ley permite que las Administraciones públicas en materia de planificación urbanística puedan valorar, con el objetivo de prevenir el consumo de alcohol en personas menores de edad, la limitación de apertura de nuevos establecimientos.
«Teniendo en cuenta la concentración de puntos de venta minorista de bebidas en las inmediaciones de centros educativos, de protección social de personas menores de edad o establecimientos en los que se desarrollen espectáculos o actividades recreativas públicas destinadas a menores de edad», señala el proyecto.
Además, el suministro automático de bebidas alcohólicas requerirá que las máquinas de dispensación incorporen mecanismos técnicos «eficaces, con vigilancia y custodia directa», que permitan impedir su adquisición por personas menores de edad. Estas máquinas no podrán instalarse en la vía pública, ni en lugares donde esté prohibida la venta o consumo de bebidas alcohólicas.
Por su parte, los establecimientos de autoservicio deberán limitar un espacio concreto dentro del local para exponer las bebidas alcohólicas, que esté separado de los espacios con productos específicamente destinados a las personas menores de edad.
Al hilo, los establecimientos dedicados mayoritariamente a la venta de productos para personas menores de edad, no podrán venderse bebidas alcohólicas ni otros productos que los imiten, ni exhibirse en los escaparates o en el interior.
Registrado en la historia clínica
El texto permite desarrollar protocolos para detectar el consumo de alcohol en menores y fomenta la inclusión de registros de consumo en la historia clínica. En caso de que un menor de 16 años sea atendido en los servicios de urgencias por intoxicación etílica, será objeto de una evaluación integral que implicará a sus padres.
El proyecto también promoverá la inclusión de nuevos contenidos sobre prevención del consumo de alcohol en primaria, secundaria, formación profesional, bachillerato y planes de estudios universitarios y de formación del profesorado.
También se implementarán programas para concienciar a las familias sobre los riesgos del alcohol y dotarlas de herramientas para prevenir su consumo en menores.
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